Art. 0: Prólogo
En la página web de la s Federación Española de Ajedrez puede encontrar una sección dedicada a las Leyes del Ajedrez, así como otra con las reglamentaciones internas.
En la página web de la FIDE dispone de la reglamentación original en inglés, en forma de manual, en el que se incluyen también disposiciones organizativas y administrativas.
Las Leyes del Ajedrez de la FIDE cubren el juego sobre el tablero.
Las Leyes del Ajedrez se componen de dos partes: 1. Reglas básicas de juego y 2. Reglas de competición
El texto en inglés es la versión auténtica de las Leyes del Ajedrez que se adoptaron en el LXXXIV Congreso de la FIDE celebrado en Talin (Estonia) en octubre de 2013 y que entraron en vigor el 1 de julio de 2014.
En estas Leyes, las palabras "él", "al" (a él), "su" (de él) y "suyo" incluyen a "ella", "a ella", "su" (de ella) y "suya". En todos los casos “jugador” y “adversario” incluyen a “jugadora” y “adversaria”.
Prólogo
Las Leyes del Ajedrez no pueden abarcar todas las situaciones posibles que pueden surgir durante una partida, así como tampoco pueden regular todas las cuestiones administrativas. En los casos no regulados con precisión por un Artículo de las Leyes, debería ser posible llegar a una decisión correcta estudiando situaciones análogas examinadas en las mismas. Las Leyes presuponen que los árbitros tienen la competencia, recto juicio y absoluta objetividad necesarios para ello. Una reglamentación excesivamente detallada podría privar al árbitro de su libertad de criterio e impedirle hallar la solución a un problema, guiada por la ecuanimidad, la lógica y la consideración de factores especiales. La FIDE apela a todos los jugadores de ajedrez y federaciones para que acepten este criterio.
Una condición necesaria para que una partida sea valorada por la FIDE es que se debe jugar de acuerdo con las Leyes del Ajedrez de la Fide.
Se recomienda que las partidas no valoradas por la FIDE se jueguen de acuerdo con las Leyes del Ajedrez de la FIDE.
Las Federaciones afiliadas pueden solicitar a la FIDE que se pronuncie sobre las cuestiones relativas a las Leyes del Ajedrez.